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NUEVAS NORMAS PARA CIRCULAR CON PATINETE

¡Atención, estas son las nuevas normas que deberás tener en cuenta a la hora de circular en patinete!

El aumento del uso del patinete eléctrico ha generado la necesidad de establecer nuevas normas para circular con estos vehículos. A pesar de que ya eran muchas las ciudades que regulaban su uso, la DGT ha unificado estos criterios con pautas como estas:

  • Los patinetes y VMP (con una o más ruedas y una única plaza) son definidos y considerados vehículos a todos los efectos, por lo que estarán obligados a cumplir las normas de circulación, como hacen los coches o las motos (alcohol, drogas, etc.). Quedan excluidos los vehículos para personas con movilidad reducida.
  • Los patinetes deben circular entre 6 y 25 km/h y nunca podrán hacerlo por las aceras. También tendrán prohibida la circulación en vías interurbanas, travesías, autopistas, autovías o túneles urbanos.
  • Los VMP o vehículos de movilidad personal necesitarán un certificado de circulación para acreditar que cumplen con los requisitos técnicos que se incluirán en el manual de características que próximamente recogerá una resolución de la Dirección General de Tráfico. Este certificado será obligatorio dos años después desde que se publique la citada resolución.

¿Cómo podrás obtener este certificado? Será el propietario de cada patinete el encargado de contactar con el fabricante para solicitar la documentación necesaria. En el caso de los patinetes nuevos, el fabricante, importador o su representante respectivo en España tendrá que adjuntar dicho certificado.

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