Autoescuela Gavilan

logo grande gavilan

Procedimiento de los controles de Alcoholemia

El procedimiento de análisis se basa inicialmente en un etilómetro que analiza la concentración de alcohol en el aire espirado, considerándose permitido (salvo excepciones que veremos a continuación) hasta los 0,25 mg/litro e incurriendo en sanción a partir de esta cantidad. A petición de los agentes, o por el propio derecho del conductor, se puede realizar una prueba de contraste consistente en un análisis de sangre u orina. Los agentes tienen que facilitar el traslado del conductor hasta el centro sanitario más cercano. El máximo permitido es de 0,5 gramos/litro en sangre y el coste de las pruebas pertinentes, en el caso de que el conductor solicite esta segunda prueba, correrá a cargo del conductor.

La negativa a someterse a las pruebas de los agentes supone incurrir en un delito penado con entre seis meses y un año de prisión y la privación del derecho a conducir de uno a cuatro años.

En el momento en que un conductor da positivo en el control su vehículo queda inmovilizado, salvo que esté acompañado por un conductor sobrio o alguien acuda al lugar para hacerse cargo del coche. La negativa a someterse al control también puede conllevar la inmovilización del automóvil.

Las sanciones

Alcohol en aire espirado Sanción económica Retirada de puntos del carné
0,25 mg/l – 0,5 mg/l 500 € 4 puntos
0,5 mg/l y reincidentes 1.000 € 6 puntos

Respecto a la tabla anterior hay que añadir una serie de apreciaciones. El exceso de 0,6 mg/litro en aire y 1,2 g/litro en sangre supone incurrir en un delito penado con prisión de tres a seis meses, multa de seis a doce meses o trabajos en beneficio de la comunidad (de 30 a 90 días) así como privación del derecho a conducir de uno hasta cuatro años.

También hay que tener en cuenta el caso particular de profesionales y noveles. La tasa máxima permitida de alcohol en aire espirado y en sangre es de 0,15 mg/litro y 0,3 g/litro, respectivamente, para profesionales y conductores noveles.

Los reincidentes que superen la tasa máxima permitida, en cualquier caso, también recibirán la sanción máxima de 1.000 € y retirada de 6 puntos del carné de conducir. Se considera reincidente a aquel conductor que fue sancionado por dar positivo en alcohol en el año inmediatamente anterior.

¡¡Hola!! ¿En qué puedo ayudarte?