Autoescuela Gavilan

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¿Puedo conducir si en la web de la DGT dice que tengo 0 puntos?

Según la ley 17/2005, de 19 de julio, los 6 meses de castigo por agotar  la perdida total de puntos comienza a contar desde el día siguiente a la  notificación de la Resolución del expediente de pérdida de vigencia. Si  aún no se lo han notificado, puede ser que todavía no haya acuerdo de  iniciación de pérdida de vigencia, y aunque no tenga puntos, puede  conducir. En nuestro centro,le recordamos,que realizando un curso de  sensibilización, en tan solo dos tardes y SIN EXAMEN, recuperará un  máximo de 6, además el curso lo suelen abonar las compañías de seguros.  Para poderte ampliar esta información ponte en contacto con nosotros. 
DANIEL GAVILÁN SÁNCHEZ 
Director y Profesor de Seguridad Vial.
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